martes, 29 de marzo de 2011

OFERTA PÚBLICA DE ADQUISICIÓN

1. ¿Qué es?

La OPA es una operación que se realiza en el mercado de valores a través de la que una sociedad expresa públicamente su deseo de adquirir una parte o la totalidad de los títulos (acciones) de una compañía que 
cotiza en bolsa.

2. ¿Cuándo tiene lugar?

La OPA tiene lugar cuando una persona (oferente), pretende adquirir acciones (u otros valores que puedan dar derecho a suscripción o adquisición de éstas) de una sociedad (sociedad afectada), cuyo capital esté en todo o en parte admitido a negociación en bolsa de valores, para de esta forma llegar a alcanzar, junto con la que ya se posea, en su caso, una participación significativa en el capital con derecho de voto de la sociedad.
Como valores que puedan dar derecho a suscripción o adquisición de acciones, se encuentran los derechos de suscripción, las obligaciones convertibles, warrants o similares.
Se considera participación significativa la que iguale o supere el 25% del capital de la sociedad afectada.

3. Tipos:

  •   Opas obligatorias y Opas voluntarias: la legislación establece supuestos en los que es obligatoria lanzar una opa. Las obligatorias se presentan por el 100% de las acciones de la compañía a un precio equitativo y no pueden estar sujetas a condición alguna. Y las voluntarias no están sujetas a requisitos legales de precio o nº de acciones y el oferente sí puede establecer condiciones.
  • Opas por toma de control: permiten a los accionistas de la sociedad opada vender sus acciones a un precio equitativo, una vez que la sociedad oferente tiene el control de la sociedad opada.
  •  Opa competidora: cuando la oferta afecta a valores sobre los que ya se ha presentado otra opa cuyo plazo de aceptación aún no ha terminado.
  •   Opas de exclusión: permiten a los accionistas vender sus acciones antes de que su compañía deje de cotizar en bolsa. La contraprestación será el dinero.
  •   Opas amistosas y Opas hostiles: son amistosas si se presentan tras un acuerdo entre la sociedad oferente y los accionistas significativos o el Consejo de Administración de la sociedad opada. Si no hay acuerdo previo, se llaman hostiles aunque esta denominación no influye en el interés de los accionistas.

4. Existe una información disponible para los accionistas:

A parte de la información que aportan los medios de comunicación, el CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores) también aporta mucha:

El folleto de la opa recoge toda la información para que el inversor se haga una idea sobre la oferta. El anuncio de la opa resume los principales puntos de la oferta. El informe del Consejo de Administración de la sociedad opada indica si existe algún acuerdo entre la sociedad opada y la oferente, la opinión de los miembros del Consejo sobre la oferta y qué decisión van a adoptar en relación a sus acciones.

Toda esta información se puede encontrar en:
Las páginas web de las sociedades opada y oferente (si cotiza en la bolsa española); en la CNMV: www.cnmv.es , y en el domicilio social del oferente.


6. ENDESA:

Las ofertas públicas de adquisición (OPA) sobre Endesa son un conjunto de opas y movimientos bursátiles llevados a cabo desde el 2005, para hacerse con el control de Endesa, la mayor empresa eléctrica española, por parte de diversas empresas (Gas Natural, E.ON, Acciona y Enel).
Aquí os dejo un vídeo explicativo que aclara bastante el contenido de Oferta Pública de Adquisición:


7. Noticias:

El Santander completa con éxito su opa por el banco polaco Zachodni
ELMUNDO.es | Madrid
Actualizado martes 29/03/2011 

El Banco Santander ha completado su oferta pública de adquisición de acciones (opa) por el capital del banco polaco Zachodni con una aceptación del 95,67% de sus accionistas.
Según explica la entidad en un comunicado remitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), el coste de la operación ronda los 3.988 millones de euros, porque la entidad española hizo una oferta de 226 zlotych (57 euros) por cada una de los 69 millones de acciones de Zachodni.
Al haberse superado el porcentaje mínimo de aceptación, el 70%, "la opa se liquidará y la transmisión de las acciones se hará efectiva el día 1 de abril de 2011".
Por otra parte, el Santander pagará otros 150 millones por el 50% que Allied Irish Bank (AIB) controla en la sociedad BZ WBK Asset Management.
"La operación genera para Grupo Santander un fondo de comercio de aproximadamente 2.480 millones de euros, de los que 2.360 millones corresponden a las acciones de Zachodni", asegura la entidad.

IPIC presenta garantías por casi 4.000 millones para lanzar su OPA sobre Cepsa

MADRID, 24 Mar. (EUROPA PRESS) - 


   El fondo de Abu Dhabi IPIC ha presentado garantías por importe de 3.966 millones de euros para cubrir el importe de la Oferta Pública de Adquisición (OPA) que la firma tiene previsto lanzar sobre Cepsa, indicó en una nota remitida a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
   "El importe de esta garantía cubre íntegramente la contraprestación ofrecida por la totalidad de las acciones de Cepsa a las que se dirige efectivamente la oferta", afirma el representante del fondo soberano, Khadem Abdullá Al Qubaisi.
   A mediados de febrero, IPIC anunció un acuerdo para la compra a Total del 48,8% de la petrolera francesa en Cepsa, con lo que el fondo de Abu Dhabi pasará de controlar un 47% a un 95,8% y, de esta forma, estará en condiciones de lanzar una OPA de exclusión sobre el capital restante.
   La OPA, lanzada a un precio de 28,5 euros por acción, valora el 100% de Cepsa en unos 7.500 millones e implica el desembolso de 3.700 millones por la participación de Total, así como otros cerca de 300 millones por el 4,2% en manos de accionistas minoritarios.
   Por otro lado, Cepsa ha anunciado la convocatoria de su junta general de accionistas para el próximo 27 de abril, en la que, a la espera de que se materialice la operación, se ha elaborado un orden del día que recoge la reelección de dos consejeros de Total.

Con esto termino de explicar las OPAS, tema mundialmente actualizado que está constantemente funcionando.  

martes, 22 de marzo de 2011

PLANES DE PENSIONES

  1.    ¿Qué es?

Un plan de pensiones es un producto que te permite ahorrar cómodamente, para que puedas disponer de un capital o una renta en el momento de la jubilación o en caso de incapacidad y, en caso de fallecimiento, para que puedan disponer del mismo tus beneficiarios.
Pero, además, los planes de pensiones son, hoy por hoy, el producto que te permite obtener el máximo ahorro fiscal en tu declaración de la renta.

2.      ¿Qué aportaciones puedo realizar?

Aportación anual máxima:

La aportación anual máxima que puedes realizar depende de tu edad en el momento de realizar la aportación:
Hasta los 50 años inclusive, la aportación anual máxima se fija en 10.000 euros.
 A partir de los 50 años, la aportación anual máxima es de 12.500 euros.
Límites aplicables conjuntamente a todos los planes de pensiones individuales, asociados y de empleo, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y seguros que cubran el riesgo de dependencia, así como a mutualidades de previsión social.

Aportaciones a favor del cónyuge:

Además de las aportaciones a tu plan de pensiones, si tu cónyuge no tiene rentas a integrar en la base imponible, o éstas son inferiores a 8.000 euros, podrás reducir lasaportaciones a su plan de pensiones, con un límite máximo de 2.000 euros. Estas aportaciones estarán exentas de tributación en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, con independencia del régimen ganancial que tengan.

Aportaciones a favor de personas con alguna minusvalía:

Si el titular tiene una minusvalía igual o superior al 65% o psíquica igual o superior al 33%, la aportación máxima que puede realizar a su plan de pensiones es de 24.250 euros, con independencia de su edad.

Pueden realizar aportaciones al plan tanto el propio titular como sus familiares en línea directa (hijos, padres, abuelos...) o colateral hasta el tercer grado inclusive (hermanos, tíos, sobrinos), así como su cónyuge o aquéllos que le tuviesen a cargo en régimen de tutela o acogimiento.

Las aportaciones realizadas por cada una de las personas que no son titulares del plan deben ser como máximo de 10.000 euros, independientemente de las aportaciones que realicen a su propio plan.
3.      Fiscalidad de las aportaciones
Fiscalmente, el límite anual de las reducciones por aportaciones realizadas a planes de pensiones y planes de previsión asegurados se calcula de forma conjunta. Las aportaciones reducen la base imponible general del IRPF con una serie de limitaciones. Así, puede obtenerse un ahorro fiscal de hasta un 43%, y hasta un 42% en Navarra y hasta un 45% en el País Vasco (según la legislación vigente en enero del 2007).
El límite máximo de reducción será el menor entre las cantidades siguientes, teniendo en cuenta que la base liquidable general no podrá ser negativa:
El importe de las aportaciones realizadas (que están limitadas a 10.000 euros anuales hasta los 50 años y a 12.500 euros anuales a partir de dicha edad).
 
El 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio. A partir de los 50 años, este porcentaje será del 50%.
Las cantidades aportadas que no hayan podido reducirse podrán serlo durante los cinco ejercicios siguientes.
En caso de defunción, los beneficiarios no tributan en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, sino que el importe que reciben está sujeto al IRPF en concepto de rendimientos del trabajo.
Actualmente, los planes de pensiones individuales pueden contratarse on-line mediante el servicio Línea Abierta.

4.      Ventajas de las aportaciones periódicas

Para que puedas planificar tu futuro mientras disfrutas del presente, en ”la Caixa” ponemos a tu disposición una variada selección de planes de pensiones, con los que podrás realizar aportaciones desde hoy mismo de la manera que te resulte más cómoda, y por muy poco dinero al mes.
Con la máxima flexibilidad: decides la periodicidad de tus aportaciones (mensual, trimestral…).
Decides si quieres incrementar las aportaciones según el porcentaje que nos indiques.
Incluso puedes decidir dejar de aportar en cualquier momento.
De este modo, al final del año no tendrás que realizar un desembolso importante de dinero para obtener el máximo beneficio fiscal.

5.      ¿Cuándo podré cobrar mi plan?

·         En caso de jubilación:

Cuando te jubiles en el régimen de la Seguridad Social correspondiente, podrás decidir cómo y cuándo deseas cobrar tu plan en tu oficina de ”la Caixa”.

Si no tienes acceso a la jubilación (por el hecho de no haber cotizado nunca a la Seguridad Social, etc.), la contingencia se entenderá producida a partir de la edad ordinaria de jubilación en el Régimen General de la Seguridad Social (65 años), en el momento en el que el partícipe no ejerza o haya cesado en la actividad laboral o profesional y no se encuentre cotizando para la contingencia de jubilación para ningún régimen de la Seguridad Social. No obstante, puede anticiparse la prestación, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos establecidos por la normativa aplicable, a partir de:


 los 60 años de edad.
 
 los 45 años de edad, si el titular es minusválido.

·         En caso de incapacidad:

El plan puede hacerse efectivo en caso de incapacidad laboral total y permanente para la profesión habitual, o absoluta y permanente para cualquier tipo de trabajo, o gran invalidez, determinadas conforme al régimen correspondiente de la Seguridad Social.

·         En caso de fallecimiento:

En el supuesto de fallecimiento, tanto en el periodo en que se realizan las aportaciones (partícipe) como en el de cobro de prestaciones (beneficiario). 

·         En caso de enfermedad grave:

Cuando se acredite con un certificado médico de la Seguridad Social o de una entidad concertada:


Cualquier dolencia física o psíquica que incapacite temporalmente para la ocupación o actividad habitual durante un periodo continuado mínimo de 3 meses y que requiera una intervención clínica de cirugía mayor en un centro hospitalario o tratamiento en el mismo.
 
Cualquier dolencia o lesión física o psíquica con secuelas permanentes que limiten parcialmente o impidan totalmente la ocupación o actividad habitual, requiera o no asistencia de otras personas. 

·         En caso de desempleo de larga duración:

Cuando el partícipe se encuentre en situación legal de desempleo (no voluntario) durante un periodo continuado de al menos 12 meses, siempre que esté inscrito en el INEM u organismo competente y no perciba prestaciones contributivas.

6.      ¿Cómo podré cobrar mi plan?

En caso de fallecimiento, bien durante el periodo en el que se realizan las aportaciones, bien en el que ya se está cobrando una renta, el saldo acumulado lo cobrarán el cónyuge, los hijos o cualquier otra persona que haya designado el titular.

·         En forma de capital:

Se cobran todos los derechos consolidados acumulados en forma de capital único. 

·         En forma de renta financiera:

Consiste en una renta cuyo importe y periodicidad (mensual, trimestral, semestral) decide el cliente y que se abona hasta la finalización del saldo acumulado. En cualquier momento puede realizarse una liquidación total del saldo que queda pendiente o de una parte del mismo, en cuyo caso dejan de abonarse las sucesivas rentas hasta compensar el saldo anticipado. 

·         En forma de capital y renta financiera (mixta):

Se cobra una parte en forma de capital y otra parte en forma de renta financiera. 

·         En forma de renta asegurada o de seguros:

Existe la posibilidad de cobrar vitaliciamente una renta, a una o dos vidas y con o sin seguro de vida. Además, si se desea, puede optarse por contratar una renta durante un periodo de tiempo determinado, pero sin capital de fallecimiento.

·         Percepción de una renta por jubilación

El importe que se recibe en forma de renta está considerado como rendimiento del trabajo y, por tanto, está sujeto a retención. De esta forma, se tributa por la renta anualizada que se perciba.
Las personas con discapacidad tendrán una exención de hasta 3 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). 

·         Percepción de un capital por jubilación

En caso de que se cobre un capital, el 100% de los derechos consolidados se incluye en el IRPF como rendimientos del trabajo. No obstante, para aquellas aportaciones realizadas hasta el 31-12-2006, si han pasado más de 2 años entre la primera aportación al plan de pensiones y la fecha de jubilación, se mantiene lareducción del 40% de los derechos consolidados correspondientes a estas aportaciones, es decir, se tributa por el 60% de éstos. Esta reducción sólo puede aplicarse en un ejercicio.

·         Incapacidad

Si se reciben prestaciones en concepto de incapacidad, su importe tributa comorendimiento del trabajo. La tributación es la misma que en el caso de jubilación pero, si se cobra un capital, se aplica la reducción del 40% a los derechos consolidados correspondientes a las aportaciones realizadas hasta el 31-12-2006, sin necesidad de que hayan transcurrido 2 años entre la primera aportación y la fecha de la incapacidad. 

·         Fallecimiento

En caso de fallecimiento durante el periodo en el que se realizan aportaciones, si los beneficiarios reciben un capital o una renta, la tributación será la misma que la que tendría el partícipe, es decir, como rendimientos del trabajo. No se tributa en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Ahora os dejo un vídeo en el que aparecen varias personas con diferentes puntos de vista con respecto a los planes de pensiones :)
 Y vosotros, ¿Os haríais uno?

martes, 15 de marzo de 2011

LOS SPLITS DE ACCIONES

También llamados “stock Split”.
¿Qué son? Historia:
El término "split" es anglosajón y, traducido al castellano, significa dividir o desdoblar. Por tanto, el "stock split" es el desdoblamiento de la acción en varias, de manera que el precio se reduce considerablemente.


La decisión de realizar un split es voluntaria por parte de la entidad que emite las acciones, basta con comunicarlo a la Junta de accionista y a la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores). A finales de los 90, cuando el Ibex-35 registró un alza espectacular, surgió la moda de los splits.


Por ejemplo, una acción que se cotiza a 1000€ podría desdoblarse en dos acciones de 500€, cuatro de 250€ ó cinco de 200€. Es decir, una vez realizada la operación, en el mercado existirían dos, cuatro o cinco veces más acciones, aunque no variaría en absoluto la participación de sus accionistas.


Es lo mismo que cuando una compañía decide aumentar el número de acciones y al mismo tiempo bajar su precio. El precio de las acciones y el número de partes nuevas se calculara para mantener la misma capitalización bursátil que la compañía tenía antes del split. Es decir, el valor de su inversión se quedará igual aumentando el número de partes que se tienen, pero en un precio más bajo.
El valor nominal y el valor de mercado se reducirán, lo que favorecerá la entrada de pequeños inversores en el mercado.


Las compañías declaran splits para bajar el precio y hacerlo más atractivo y económico para los inversionistas que no quieren pagar un precio alto. Bajando el precio, las acciones psicológicamente parecen más atractivas, resultando en más inversionistas interesados. Esto también beneficia a los accionistas, porque ellos ahora tienen el doble de partes, y si la inversión continúa aumentando, ganaran más dinero. Un split se considera un movimiento alcista para la compañía, y las acciones típicamente siguen aumentando en precio con el tiempo.


Los splits pueden ser de cualquier proporción: puede ser un split de 2 por 1, donde se recibe 2 partes por para cada parte que se posee; puede ser 3-2, donde se recibe 3 partes para cada dos que se posee.


Por ejemplo, Zapa tiene 1 millón de acciones por $10 cada acción, con una capitalización bursátil de $10 millones. Zapa decide declarar un split de 2 por 1, significando que por cada parte que tiene, recibirá 2 partes de Zapa en un precio de $5. Ahora, en vez de 1 millón de acciones en $10, habrá 2 millones de acciones en $5, manteniendo la misma capitalización bursátil.


También puede ser un reverse split, donde la compañía reduce el número de acciones y aumenta el precio por cada parte.


Liquidez
Los efectos del "split" en el valor se producen, sobre todo, en cuanto a liquidez, es decir, la facilidad de comprarlo o venderlo, puesto que al existir más acciones en el mercado, se producirán más operaciones de compra venta.

Variaciones en el precio
Otra consecuencia lógica del "split" es una mayor flexibilidad en el precio porque el sistema de negociación que utiliza el Mercado Continuo establece unas diferencias mínimas de precio que varían en función del precio de la acción. Es decir, las acciones cuyo precio se encuentra entre 1  y 1.000 € pueden variar, como mínimo en un €; las acciones cotizadas entre 1.001 y 5.000 € deben moverse de cinco en cinco € y los valores cuyo precio supera las 5.000 € tienen como unidad mínima de variación o "tick" 10 €.


Composición del accionariado
Algunos analistas apuntan también que cuando el precio del valor es más bajo, aumenta el número de personas interesadas en adquirirlo, por el efecto psicológico que supone el hecho de que con el mismo dinero podemos comprar más acciones. Así, otro resultado del split sería que aumentaría en la composición del accionariado el número de pequeños accionistas, potenciando el que las acciones se repartan en más manos.


Medidas complementarias
Debido a la gran cantidad de empresas que han decidido desdoblar el precio de las acciones, últimamente se habla mucho de las medidas que favorecen al accionista. Ésta incide favorablemente en la liquidez del valor pero no afecta, al menos de forma empírica, al precio de las acciones. Sin embargo, algunas empresas acompañan esta medida de otras como la reducción de capital, que consiste en que la propia empresa, con cargo a recursos propios, compra acciones y las amortiza (o reduce el valor nominal de las acciones abonando a los accionistas la parte correspondiente), de manera que aumenta el valor real de las acciones que quedan en circulación y también la parte del beneficio (dividendo) correspondiente a cada acción.


Otra medida que beneficia al accionista es realizar una ampliación de capital gratuita para el accionista (con cargo a las reservas de la Sociedad) que se denomina ampliación de capital liberada.
En este sentido, la empresa puede adoptar una política de "mimo" al accionista que se traduzca en reducciones de capital, ampliaciones de capital liberadas, abonos con cargo a la prima de emisión (que sólo tributarán en el momento en que el accionista venda sus acciones), incrementos del dividendo por acción...


martes, 8 de marzo de 2011

IBEX 35


¿Qué es?
El índice IBEX 35 es el principal índice de referencia de la bolsa española elaborado por Bolsas y Mercados Españoles (BME). Está formado por las 35 empresas con más liquidez que cotizan en el Sistema Interconexión Bursátil Electrónico (SIBE) en las cuatro Bolsas Españolas: Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia. Es un índice ponderado por capitalización bursátil; es decir, al contrario que índices como el Dow Jones, no todas las empresas que lo forman tienen el mismo peso.
 Se puso en marcha el 14 de enero de 1992. Pero existen valores históricos desde el año 1989 gracias a una estimación del índice que se hizo con posterioridad.
  • La mayor caída del IBEX 35 desde su creación en 1992 se produjo el viernes 10 de octubre de 2008 perdiendo un 9,14% hasta los 8.997,70 puntos. Esta ha sido la mayor caída de la bolsa española desde el 2 de noviembre de 1987.
  • La mayor subida histórica del IBEX fue el lunes 10 de mayo de 2010 en la que subió un 14,43% (de 9.065,10 hasta los 10.351,90 puntos). Esta subida se produjo debido a la aprobación del plan de rescate europeo después de la segunda peor semana del índice en su historia, la primera fue en octubre de 2008 que perdió un 21,20 % en solo cinco días de cotizaciónEl anterior mayor incremento se produjo el 13 de octubre de 2009, cuando EEUU y Europa anunciaron sus medidas de apoyo a la banca después de la crisis desatada por la quiebra de Lehman Brothers.

El IBEX cayó durante el año 2008 un 39,4 %, la peor cifra de su historia.


Para que podamos entenderlo mejor, y tener algo más de información dejo una noticia de sobre una de las mayores subidas de fecha 24/01/2008 en la página www.público.es
El Ibex se dispara con la mayor subida de su historia
El principal selectivo español cierra la sesión con un 6,95% de ganancia

El IBex-35 cerró la sesión de hoy con una subida del 6,95%, la mayor de su historia. El repunte permitió al índice recuperar de nuevo el nivel de los 13.100 puntos, impulsado por el avance de todos los valores de selectivo, en especial Iberdrola, que subió un 16,69%.
En concreto, el Ibex 35 se situó en 13.106,70 puntos, mientras el Indice General de la Bolsa de Madrid 6,51%, hasta alcanzar los 1.414,27 enteros.
La calma parece haber llegado a la Bolsa española después de que Wall Street terminase ayer en positivo y hoy continúe con ligeras subidas y después de que el Fondo Monetario Internacional (FMI) asegurase hoy que no prevé que se vaya a producir una recesión económica en Estados Unidos.
Banca al alza 
El sector de la banca fue hoy uno de los mas alcistas. Así, BBVA ganó un +8,73%, seguido de Banco Popular (+8,10%), Santander (+6,57%), Banesto (+5,33%), Banco Sabadell (+3,89%) y Bankinter (+3,85%).
El resto de rebotes los encabezó Iberdrola (+16,69%), que hoy reunió a su comité anti OPA para analizar los distintos escenarios corporativos, dentro de la compañía, relacionados con la posible entrada en el accionariado de un nuevo accionista, después de que el broker francés Natixis declarara una participación del 3,781%.
A continuación, se situaron Repsol YPF (+8,89%), Inditex (+8,26%) y Abengoa (+6,60%). Telefónica, por su parte, repuntó un 4,47%.
En el mercado de divisas, el euro recupera posiciones frente al dólar y al cierre de la sesión de hoy el cambio entre las dos monedas quedaba fijado en 1,4718 unidades.


Composición:
La entrada o salida de valores del índice es decisión de un grupo de expertos denominado Comité Asesor Técnico (CAT). Este comité se reúne para tal fin dos veces al año, normalmente en junio y en diciembre, haciéndose efectivas las modificaciones el primer día hábil de julio y el primer día hábil de enero de cada año. No obstante, pueden celebrarse reuniones extraordinarias ante circunstancias que así lo requieran para modificar la composición del IBEX 35.

Componentes actuales:
A 10 de febrero de 2011:

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En el siguiente video que os dejo, se explica la caída del Ibex 35 a finales del 2007, año con las ganancias más flojas en sus 20 años de historia, a causa de la crisis crediticia internacional por la que estábamos pasando, la subida del precio del petróleo y el encarecimiento del euro frente al dólar.